jueves, 14 de mayo de 2020

Con resignado acatamiento

Jesús Fuentetaja

El Adelantado de Segovia - 3 abril, 2019.

Se mostraba contrariado Juan Bautista Mullor en las páginas de este periódico del pasado domingo 31 de marzo, por la sentencia de la Audiencia Provincial de Segovia que ha exonerado de responsabilidad penal a los antiguos dirigentes de la extinta Caja Segovia por el tema de las prejubilaciones millonarias, cuyas cuantías considera inmorales. No le falta razón en su queja a este veterano luchador del movimiento vecinal, enconado defensor de este tipo de asociacionismo como el mejor medio de control de los desafueros que a veces se cometen en las Administraciones, principalmente en los Ayuntamientos, cuando se anteponen los intereses políticos de los partidos a las necesidades reales de los vecinos.

Por esa vocación de servicio público a los demás, es natural que le haya dolido en el alma lo que ha terminado ocurriendo con nuestra Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Segovia, de la que además fue empleado durante tantos años. Aquella Cajita a la que en un doble sentido, tanto hemos debido los segovianos y cuya desaparición compara Juan acertadamente, con el mayor de los expolios cometidos con Segovia desde que Carlos III decidiera arrebatarnos los pinares de Valsaín. Porque sin la Caja quedó gripado el principal motor económico de la provincia. Sin ella desapareció la primera referencia cultural y social a la que acudían los segovianos en demanda de ayuda. Además, al buque insignia de su Obra Social y no me refiero precisamente al equipo profesional de futbol sala que nos mal enseñó a vivir por encima de nuestras posibilidades, sino al Colegio Universitario Domingo de Soto, le debemos cientos de segovianos haber podido estudiar sin necesidad de movernos de nuestra tierra, lo que posibilitó que nos pudiéramos quedar luego a vivir aquí, en el lugar en donde habíamos nacido y en el que hemos querido ser y no solo existir.

Había motivos más que justificados para que se disparara la alarma social y cundiera el desánimo entre la población civil, sobre todo cuando una vez confirmada la extinción de la Caja, trasciende a la opinión pública que los directivos se marchan a sus casas con los dos riñones bien cubiertos. Y si a ello unimos que las acciones preferentes que nos invitaron adquirir desde la entidad que vino a sustituirla se convierten en papel mojado de la noche a la mañana, el cabreo termina por generalizarse y el sentimiento de repudia alcanza cotas temerarias. En esta situación es inevitable que se vuelva la vista hacia la única institución que puede corregir tantos desmanes, por eso cuando se hizo público el procesamiento de los altos directivos de Caja Segovia que se habían beneficiado de tan jugosas prejubilaciones, un sentimiento de revancha contenida se extendió por toda Segovia. De ahí la decepción con la que ha sido recibido el fallo judicial recientemente conocido.

Pero siendo cierto todo lo anterior, debemos ser justos -aunque parezca una tautología- con la Justicia. Este anhelo de justicia (ahora con minúscula) nos ha llevado a exigir a la Audiencia Provincial de Segovia, que se pronunciara sobre algo que procesalmente no estaba al alcance de su mano, porque únicamente tenía jurisdicción para enjuiciar el asunto que se llevó a su conocimiento y éste no era otro que el de condenar o absolver a los imputados de los delitos por los que se han visto sentados en el banquillo: los de apropiación indebida y de administración desleal. Una vez celebrado el juicio oral, oídas las conclusiones de las partes y a la vista de los hechos que han resultado probados en sede judicial y sólo en sede judicial, y no en los procesos paralelos que hubieran podido seguirse fuera de ella, la Audiencia viene a rechazar que las conductas enjuiciadas en este procedimiento sean constitutivas de los delitos imputados y, en consecuencia y en razón de los bien argumentados Fundamentos de Derecho, que en número de ocho constituyen la base jurídica de su fallo, resuelve absolver a todos los acusados de la comisión de los citados delitos.

Desde luego no era este el juicio que esperaban los segovianos, que deseaban y desean ver sometido al control judicial la causa originaria de tanto desafuero, que no es otra que la propia extinción de Caja Segovia. La prejubilaciones no son más que otra nefasta consecuencia de ésta. La Caja no desaparece porque se hayan tenido que pagar las astronómicas cantidades a que ascienden las prejubilaciones de sus directivos. Ni siquiera está claro que en caso de no haberse satisfecho, sus importes hubieran pasado a engrosar las cuentas de la Fundación de Caja Segovia, creada en el momento de extinción de la Caja, sino que es más lógico que formaran parte del activo que junto con su pasivo y en compensación de éste, debía integrarse en la entidad resultante de la fusión. Es decir, quien podría haberse sentido realmente perjudicada en su patrimonio podría haber sido Bankia, tan legitimada como la que más para constituirse en acusación particular en este proceso. Si no lo hizo es porque seguramente no tendría dudas de la legalidad del Plan de Prejubilaciones de la antigua Caja, aprobado por su Consejo de Administración antes de la fusión, máxime, cuando las cantidades desembolsadas resultaban garantizadas con cargo a la póliza suscrita a tal fin con la aseguradora CASER.

Caja Segovia finalmente desapareció para nuestra desgracia, porque se vio obligada a fusionarse por las autoridades monetarias ante la falta de perspectivas reales para sobrevivir en los actuales sistemas financieros, cada vez más globalizados y que dejaban prácticamente inoperativo el funcionamiento de la mayoría de las antiguas Cajas de Ahorros, tan apegadas a lo local y lastradas además en aquellos momentos, por el peso de sus abultadas carteras de negocios inmobiliarios, y sobre todo, por los desmanes inversores a que las llevaron las decisiones adoptadas en sus respectivos Consejos de Administración, preocupados más de satisfacer las necesidades políticas de sus consejeros que de actuar con arreglo a criterios profesionales. No son desconocidas las grandes y faraónicas inversiones públicas que las Cajas se vieron obligadas a financiar para satisfacer más de un ego del político de turno presente en el Consejo y, además, sin exigir las debidas garantías para su devolución. A nadie se le escapa que el principio del fin de las antiguas Cajas de Ahorros se produce cuando se llenan sus órganos de gobierno con miembros a los que no se les exige poseer los conocimientos profesionales adecuados al negocio crediticio. Así se explica que, en no pocas ocasiones, llegaran incluso a convertirlas en el juguete más práctico para satisfacer sus caprichos. Aquellos polvos trajeron estos lodos ¿o fue al revés? Este es el verdadero proceso que los ciudadanos esperaban que se abriera. Pero este asunto me temo que pertenece a otra jurisdicción.

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